Mediante el dictado de la Resolución General N° 3693 (publicada en el Boletín Oficial el día viernes 31 de octubre de 2014), esta Administración Federal de Ingresos Público precisa las formas y condiciones que deberán observar los empleadores a efectos del pago de las cuotas con destino al Sistema de Riesgos de Trabajo. Aspectos destacados de la norma: Cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo La cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo, estará supeditada a la suscripción del respectivo contrato de afiliación con la aseguradora de Riesgos del Trabajo que el empleador haya elegido o, en su defecto, a la asignada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Aportes y contribuciones obligatorias. Cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo A partir de Noviembre/2014 (período Octubre/2014), los empleadores del personal de casas particulares deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados, los importes que, de acuerdo con las horas semanale...
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