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Mostrando entradas de agosto, 2017

Monotributo. Se instrumenta la recategorización de oficio.

Cuando la AFIP detecte, a través de controles informáticos, que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado no hubieran cumplido con la recategorización cuatrimestral o la realizada fuera inexacta, procederá a recategorizarlos de oficio. Dicha situación será informada al contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico, y las nóminas de sujetos recategorizados de oficio se publicarán en el Boletín Oficial el primer día hábil de los meses de febrero, junio y octubre de cada año.

Monotributo: recategorización cuatrimestral obligatoria

Es obligatorio que realices la recategorización cuatrimestral, aún cuando mantengas la misma categoría para confirmar los datos que declaraste. ¿Qué plazos tengo para realizar la recategorización? Para encuadrarte en una nueva categoría, podés realizarlo hasta el 20 de septiembre de 2017. Si permaneces en la misma categoría, tenés que confirmar los datos declarados de acuerdo a las fechas del siguiente cronograma: CATEGORIA - VENCIMIENTO: F,G,H,I,J y K - 20 de Septiembre 2017 D,E - 20 de Octubre 2017 B,C - 20 de Noviembre 2017 A - 20 de Diciembre 2017 ¿Qué pasa si no me recategorizo? El sistema te suspenderá temporalmente la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta que realices la recategorización y podrías tener sanciones. La presente normativa entra en vigencia el 14 de Agosto de 2017. Referencia normativa :   Resolución General 4104-E Fuente: AFIP