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Monotributo. Se instrumenta la recategorización de oficio.

Cuando la AFIP detecte, a través de controles informáticos, que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado no hubieran cumplido con la recategorización cuatrimestral o la realizada fuera inexacta, procederá a recategorizarlos de oficio. Dicha situación será informada al contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico, y las nóminas de sujetos recategorizados de oficio se publicarán en el Boletín Oficial el primer día hábil de los meses de febrero, junio y octubre de cada año.

Monotributo: recategorización cuatrimestral obligatoria

Es obligatorio que realices la recategorización cuatrimestral, aún cuando mantengas la misma categoría para confirmar los datos que declaraste. ¿Qué plazos tengo para realizar la recategorización? Para encuadrarte en una nueva categoría, podés realizarlo hasta el 20 de septiembre de 2017. Si permaneces en la misma categoría, tenés que confirmar los datos declarados de acuerdo a las fechas del siguiente cronograma: CATEGORIA - VENCIMIENTO: F,G,H,I,J y K - 20 de Septiembre 2017 D,E - 20 de Octubre 2017 B,C - 20 de Noviembre 2017 A - 20 de Diciembre 2017 ¿Qué pasa si no me recategorizo? El sistema te suspenderá temporalmente la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta que realices la recategorización y podrías tener sanciones. La presente normativa entra en vigencia el 14 de Agosto de 2017. Referencia normativa :   Resolución General 4104-E Fuente: AFIP

Recategorización Cuatrimestral de Monotributo Mayo 2017

El  22 de mayo  próximo, además del pago de la  obligación mensual , vence el plazo para la  recategorización  correspondiente al  primer cuatrimestre del año 2017 . La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que te encontrás actualmente, deberás recategorizarte. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no tenés que realizar ningún trámite. ¿Qué períodos abarca la presente recategorización? Periodo a considerar: Mayo 2016 a Abril 2017 Vencimiento para la recategorizacion: 22 de Mayo de 2017.

Empleados en relación de dependencia: Vencimiento de Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales

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Se acerca el vencimiento de las DDJJ de Ganancias y Bienes Personales del periodo 2016. Lo que tenes que saber: Vencimientos 2017 Para todas las Personas físicas y sucesiones indivisas, abajo se detallan las fechas de vencimiento según la terminación de su CUIT: JUNIO 2017 Terminación de CUIT Presentación 0 - 1 Hasta el día 12, inclusive 2 - 3 Hasta el día 13, inclusive 4 - 5 Hasta el día 14, inclusive 6 - 7 Hasta el día 15, inclusive 8 - 9 Hasta el día 16, inclusive ¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas? Se encuentran obligados a presentar ante este Organismo la declaración jurada de: Impuesto a las Ganancias Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000, incluso por actividades exentas del Impuesto a las Ganancias, por: El desempeño de cargos públicos. El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia. Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsid...