Monotributo. Se instrumenta la recategorización de oficio.
Cuando la AFIP detecte, a través de controles informáticos, que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado no hubieran cumplido con la recategorización cuatrimestral o la realizada fuera inexacta, procederá a recategorizarlos de oficio. Dicha situación será informada al contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico, y las nóminas de sujetos recategorizados de oficio se publicarán en el Boletín Oficial el primer día hábil de los meses de febrero, junio y octubre de cada año.